INGRESO MÍNIMO VITAL
Ingreso Mínimo Vital
Desde el 15 de junio puede solicitarse el Ingreso Mínimo Vital, destinado a las familias vulnerables. La opción más recomendable es la solicitud a través de la sede electrónica de la Seguridad Social adjuntando la documentación necesaria y rellenando los datos del formulario, y se ha habilitado la posibilidad de utilizar este servicio a través de otra persona que disponga de certificado electrónico y que actuará en calidad de representante, por lo que podemos presentar por ti la solicitud.
Las solicitudes que se presenten en los tres primeros meses (desde el 15 de junio al 15 de septiembre de 2020) y tengan resolución favorable cobrarán el ingreso con carácter retroactivo al 1 de junio.
¿Cómo lo hacemos?
1.- El primer paso es realizar la simulación del Ingreso Mínimo Vital para comprobar si se cumplen los requisitos para recibir esta prestación y saber el importe aproximado que correspondería. Si el simulador confirma que se cumplen los requisitos necesarios, podemos presentar por ti la solicitud. Puedes realizar la simulación en el siguiente enlace: https://ingreso-minimo-vital.seg-social-innova.es/simulador. (Se recomienda utilizar la aplicación Google Chrome para realizar la simulación).
2.- Realizar la petición de que Aimir Abogados y Asesores solicite en tu nombre la prestación aquí.
3.- Una vez se nos notifique que el pago se ha realizado, recibirás un correo electrónico con un formulario a cumplimentar para disponer de los datos necesarios para realizar la solicitud. También se indicará la documentación que debe acompañar a la solicitud. Podrás responder al correo electrónico contestando el formulario y adjuntando la documentación necesaria en formato PDF. Si el cliente no dispone de Internet, podrá solicitar una cita en el Despacho para hacerlo de forma presencial.
4.- Una vez realizado el trámite recibirás un “acuse de recibo” en formato PDF con el número de registro electrónico asignado.
5.- El Instituto Nacional de la Seguridad Social enviará al domicilio del interesado la resolución de la solicitud en el plazo máximo de tres meses.